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Lugar de interposición de demanda

2 Comentarios
 
Lugar de interposición de demanda
09/03/2016 23:17
Hola, un particular quiere demandar al banco para anular una cláusula abusiva de un préstamo hipotecario.

La hipoteca pone que deberá demandarse en la ciudad donde está la vivienda hipotecada (en Andalucía)

El banco tiene su sede principal en Barcelona.

¿Puede el particular demandar en Madrid, donde el banco también tiene sede?

Gracias.
12/03/2016 09:26
El banco tiene señalado un domicilio en las propias escrituras de hipoteca, que es donde hay que demandar. Ahora bien: si la escritura de hipoteca se firmó en Madrid por apoderados con domicilio profesional en esa ciudad, y es en una cuenta de Madrid donde se están haciendo los pagos, puede entonces demandar en Madrid. Pero si la única conexión con Madrid es porque el banco también tiene oficinas, no es suficiente: ha de ser el lugar de cumplimiento de la obligación.
14/03/2016 21:47
Gracias Juan Carlos.

Entonces aunque tenga oficina principal en Madrid la demanda tiene que ser en el domicilio social de la entidad o en el del consumidor, ¿no?

Tenía entendido que los consumidores podían demandar en cualquier lugar donde la entidad tenía oficina principal.