Hola, mi inquietud es la siguiente, como promotor he contratado a una empresa constructora para la realizacion de unas obras, esta empresa se ha retrasado en las obras, ademas de abandonarlas con una excusa facilmente rebatible en un juzgado, mi pregunta es el lucro cesante se mide por aquel dinero que mi empresa ha dejado de ganar y de este dinero solo los intereses legales? es decir, puede un contratista abandonar una obra durante mas de un mes y simplemente pagar intereses de los retrasos, diciendo que los pisos estan ahi y siguen siendo mios y que si no los vendo ahora por no estar terminados ya los vendere mas adelante? sumando a esta explicacion que aun me hacen un favor, puesto que mientras mas dure la obra mas valdran los pisos cuando esten terminados por la creciente subida de precios? alucino, que alguien me de un poco de luz por favor.
Deberías poner tu pregunta en el foro de urbanismo o civil, tal vez te puedan responder mejor.
Ahora lo que es seguro es que los pisos suben y suben y suben.....Por lo demás ni idea.