No obstante, entiendo que si no existe título que la justifique, la servidumbre que se pretende constituir por usucapión sobre tu propiedad, tiene carácter de negativa y sería una mera tolerancia la apertura de los huecos en pared del vecino con vistas y luces en relación a tu propiedad.
En consecuencia, si se diera la circunstancia de no estar inscrita en el registro de la propiedad la servidumbre, en tu condición de propietario y previa obtención de licencia urbanística, tienes derecho a realizar en tu propiedad el vallado que deseas.
El cómputo del plazo prescriptivo de 20 años no comenzaría en la fecha que se abrieron los huecos, se iniciaría a partir de la producción de un acto obstativo de tu vecino por el que te requiera a no instalar la valla o mediante interdicto judicial de suspensión de la instalación.
Luces
Anónimo
18/10/2016 23:51
Buenas noches.
Tengo una parcela en suelo urbanizable. La quiero vallar, pero el vecino me está exigiendo que le deje tres metros de luces. El vecino tiene una nave pegada a mi parcela con una ventana y una puerta que se construyeron de forma ilegal y la entrada legal está al otro lado. Creo que ni siquiera la tiene escriturada. ¿tiene derecho realmente?