era por dar un poco de movidita; la verdad es que he dicho el 620 del Código Penal porque es de los poquitos que me sé de memoria.
bueno, si queréis que os diga mi opinión, lo de "lubricidad perversa" no existe, porque me extraña mogollón que metas en el google "lubricidad perversa" y te dé 0 entradas.
coral, podrías entrar y comentarnos algo al respecto, no?
El artículo 620 de ¿qué código penal?
En el mío es la falta de amenazas y vejaciones injustas... m'acuerdo bien porque hace dos semanas estuve trajinando con él para un juicio
Yo creo que sí se refería a publicidad perversa. O todos nos estamos volviendo disléxicos o, como dije, el administrador se lo está pasando en grande...