Soy pareja de hecho con una chica y tenemos una hija en común. Me quiero separar. La casa está a mi nombre y todos los gastos corren de mi cuenta, ya que ella no tiene ingresos. Doy por hecho que yo tendría que dejar la casa para que se quedara mi hija con la madre. Mi pregunta es ¿Además de pagar hipoteca y pasar una manutención por mi hija, los gastos de luz, agua, comunidad etc.. a quien le corresponderían?
Usted va a acodar (o se la va a fijar judicialmente) una paga que se llama de "alimentos", que ya incluye todos los conceptos. Existen gastos extraordinarios (vg.: una atención dental de la niña) que quedan excluidos de esa paga de alimentos por su propia condición imprevisible y contingente. Pero el resto (suministros) ya van incluidos; excepto los relativos a su condición de propietario, como IBI y comunidad. Eche sus cuentas de la mejor forma posible, teniendo en cuenta que la que fuera su pareja no tiene ingresos, pero nada le impide que los tenga.
Si supones que vas a tener que salir de la vivienda para que queden allí tu hija y su madre, es porque no te planteas la opción de la custodia compartida y adjudicarte el uso de la vivienda siendo tu expareja la que tenga que salir.
Si podeis llegar a acuerdo, las condiciones del uso de la vivienda y el pago de la hipoteca será como acordéis, y si hay que llegar al contencioso, en la pensión alimenticia se incluye el alojamiento, la comida, vestido, calzado, sanidad y educación de tu hija. Los gastos extraordinarios, tal y como te ha dicho el compañero, se pagarán al 50% o en la proporción que considere el juez.
La pensión y las medidas que se fijen en el proceso se hará teniendo en cuenta las circunstancias actuales.