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¿Los extranjeros en situación irregular pueden celebrar un contrato de trabajo?

1 Comentarios
 
15/03/2018 16:53
Dega
Buenas tardes,

El contrato debe ser a jornada completa y mínimo de un año de duración.

En realidad se trata de un contrato con una cláusa suspensiva, que dice que la relación laboral se iniciará tras la concesión de la autorización temporal por arraigo al trabajador. Tras esa concesión, el empleador tiene un mes para dar de alta al trabajador en la seguridad social.

Un cordial saludo,
¿los extranjeros en situación irregular pueden celebrar un contrato de trabajo?
07/03/2018 10:22
Buenas tardes:

Un gusto en saludarlos.

Actualmente estoy buscando información sobre el arraigo social y pre-contrato laboral en España para el caso del extranjero ilegal y necesitaba saber si los extranjeros en situación irregular pueden celebrar un contrato de trabajo, ya que entiendo que uno de los requisitos para solicitar al cabo de 3 años el arraigo social ?

Adicionalmente quería consultarles cuales son los requisitos para un pre-contrato laboral y consultarles si en el caso de que un extranjero logre acordar con el empleador la firma de un pre-contrato que no produce efectos hasta que no se haya concedido la autorización de trabajo y residencia respectiva, es cierto que en los términos del pre-contrato se debe especificar que el trabajador es una persona de confianza y se debe especificar un jornada laboral a tiempo completo (no parcial) para facilitar la aprobación del Ministerio de Trabajo Español ?

Muchas gracias por su atención.

Saludos