Ese "fresco " ha inventado una historia turca en base a algo pendiente de regular.
Un ICP para el contador de luz de escalera y portal, ya debería estar instalado. La compañías eléctricas tienes la palabra, no los adminstradores. S.m.c.
Por cierto, no se cual esa nueva normativa (decreto 1454/2005), ya que el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión ya tiene regulado desde hace bastantes años, la obligación de tener instalado el ICP en cada acometida que tenga un contador individualizado y de acuerdo con la potencia contratada.
Ya esta bien de que este impresentable hombrecillo, nos este timando, por no decir algo mas fuerte.
Preguntaré en la Compañia eléctrica, solo que como es algo que aún no esta en uso, no te dan respuestas para hoy.
Por otro lado el administrador"comisiones", esta de vacaciones.
Eso si, dejo claro que se ingresará urgente.
Vamos igual le pagamos los vecinos el veraneo.
En algunas viviendas ya lo tenemos instalado.
Aqui es para colocarlo en el portal.
Y la ley , por lo visto es para enero/2010 cuando saldrá, solo que este hombre nos envia un escrito que debemos pagar 120,00 € cada vecino y la comunidad es de 25 personas.
No es desorbitado el importe
Caso de que se necesite, que eso es otro tema.
Acitron
Si dudas de que este administrador se ha ido de vacaciones, sin dejar sustituto , te doy su nombre, telef. y dirección y lo compruebas.
Es cilito que se pueda hacer esto.
Ciertamente como todo vale. Yo ya no se lo que esta bien o lo que no.
Me han comentado que el I.C.P. es gratuito, lo pone la compañia suministradora de electricidad. Ahora si salta , es cuanto tienes que ampliar la potencia y para eso tienes que llamar a un técnico que si pasará factural.
Aqui el tema es que el administrador pide derrama, no presenta ningún presupuesto y se larga de vacaciones, cerrando el chiringito.
Eso si, que se ingrese urgentemente.
Cuando esta ley no será hasta el 1 de enero de 2010.
Que hacer pues.
Depende de la potencia contratada para el contador de las zonas comunes. Eso aparece en el recibo de la Cía. Suministradora.
Sabiendo lapotencia contratada, en cualquier tienda de material eléctrico te dirán lo que cuesta el I.C.P. para esa potencia.
A eso habrá que añadir la mano de obra de instalador autorizado.
Los edificios deberan disponer de el. control de potencia , ley que entra en vigor el 1.enero 2010, y si ya lo tienes inst. en casa
Hola a todos.
Se recibe por parte del administrador una hoja, que informa q según decreto 1454/2005 , los suministros de electricidad de los edificios deberan disponer de elementros de control de potencia
(I.C.P.) En nuestro caso, como en otros muchos vecinos ya lo tenemos instalado en casa, cuando les metes mas potencia, saltan.
Por tanto tenemos tambien que colocar en zonas comunes el ICP.
Este hombre habla de una considerable derrama, a la vez que yo consultandolo por la empresa que nos suminstra la energia, era bastante mas barato.
Sabeís cuanto puede contar, si algunos ya lo habeis instalado.
Decir que no nos ha presentado presupuesto alguno. Solo papelito. Abajo administrador, que ni firma.
Por otro lado los bajos tienen que pagar , en caso de que sea necesario , este gasto.
Este hombre nos dejó en el buzón el papel y se ha ido de vacaciones.
Bueno a ver que comentais