mi consulta es sencilla, los ayuntamientos ponen en marcha todos los años proyectos de escuelas Taller y talleres de empleo subvencionados por el Fondo social europeo. El personal directivo, docente y de apoyo es contratado con cargo a estas subvenciones a traves de oferta generica de empleo, pero actualmente en Murcia, El Servicio Murciano de Empleo y Formación ha sacado una coletilla en las bases, dando una opción a los Ayuntamientos para contratar directamente a la gente de proyectos anteriores.
Al tratarse de proyectos subvencionados y con una gran cantidad de personas que nos dedicamos a este trabajo os podeis imaginar lo que nos puede repercutir el que los Ayuntamientos ya no convoquen las plazas, y es ahi donde va mi pregunta: esto es legal?, tratandose de una administración publica no se atenta contra el famoso articulo 23.2 de la CE?