Buenos dias, veo con bastante frecuencia comentarios respecto a si los locales, garajes, etc o sea dependencias que no tienen necesariamente acceso por el o los portales principales, si tienen derecho a usar elementos comunenes o anejos (patios, jardines, piscinas etc.) del edificio y tambien si tienen obligaciones de pagar las cuotas de mantenimiento de dichos elementos.
Mi pregunta es: tienen estas dependencias (locales garajes etc,) derecho a tener la llave del portal principal y acceder a las terrazas comunitarias??
Dando por descontado que en el Titulo Constitutivo no se les excluya de tal uso.
Gracias anticipadas