Hola.Agradecería muy mucho a quien pudiera ayudarme.Este es el caso:Mi suegro es dueño de un local de negocio(un bar).Lo tiene alquilado a un señor desde mediados del 94.Dicho señor accedió al alquiler mediante un traspaso de un alquiler antiguo.El pago lo efectua de una sola vez al final del año.El hecho es que a este individuo le tenemos que requerir el pago cada año por vias formales,con los consiguientes gastos y perdidas de tiempo,ya que no atiende a requerimientos en persona;es decir,que hace años que nos tiene mareados para cobrar cuatro duros.
¿Hay manera de echarlo?Siempre tiene abierto el bar los 6 meses de verano,pero este año de momento no ha abierto.¿Se le puede echar si no efectúa actividad en un tiempo determinado?
Muchas gracias de nuevo por vuestra ayuda y consejos.
Hola vibo. Su consulta es demasiado compleja para poder resolverla en este foro. La razón es la fecha de celebración del contrato, la actividad desarrollada en el mismo y la existencia de un traspaso anterior.
Por todo ello le aconsejo que acuda a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos quien, con el contrato, la escritura del traspaso y los datos que usted facilite, le asesorará sobre las distintas acciones legales a ejercer a fin de resolver el contrato.
Es preciso revisar el contrato, ver las circunstancias del caso y valorarlo todo a la luz de la antigua ley de arrendamientos urbanos. abogadoesp@gmail.com