Hola, buenos días
Tengo la siguiente pregunta:
si yo tengo un local arrendado y en el contrato me pone que está prohibido subarrendarlo o cederlo. ¿Podría hacer yo algo para que lo usaran otros y me lo pagaran a mi y yo al propietario? ¿Posría ser una derecho de uso, una cesión de uso del local? ¿Traspaso?
Gracias por vuestras respuestas.