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local comunidad de vecinos

2 Comentarios
 
Local comunidad de vecinos
02/02/2011 09:10
Tenemos un local en la comunidad de vecinos que en un principio figuaraba en las escrituras como gimnasio. Se votó por mayoría de los presentes en la junta pertinente en el 2008 que además se pudieran celebrar cumpleaños infantiles. Ahora un vecino dice que por figurar como gimnasio se necesita unanimidad para cambiar su uso y exige que se cese en el uso de celebraciones, ¿es eso cierto? En cualquier caso, según el artículo 18 punto 3, ha caducado el plazo para impugnar la anterior votación, ¿no?
02/02/2011 23:08
Si se realizó un cambio de uso del local, se necesita para ello la Unanimidad y registrarlo en el Título Constitutivo, ahora bien si no se cambió el uso (se sigue utilizando como gimnasio), pero sí se determinó que en ocasiones se pueda celebrar cumpleaños infantiles, entonces se necesita la mayoría y la impugnación hay que realizarla en le Juzgado antes de los 3 meses para que tenga validez, si no, el acuerdo está dentro de la Ley.

Un saludo
03/02/2011 08:33
Muchas gracias