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Local comercial

5 Comentarios
 
Local comercial
02/07/2007 08:26
Se trata de un local comercial celebrado a comienzos de año. Hace un dos meses el arrrendatario decide cerrar el negocio y al día siguiente manda a la gestora (propietaria de una inmobiliaria que fue la que le realizó el contrato de arrendamiento) a avisar al propietario que ya no necesita el local y que le devuelva la fianza que con ella arreglan cuentas (descuentan lo que debe de agua y luz).
El propietario, por las maneras en que "la gestora" de su cliente actúa (arrendatario) decide consultar con un abogado especialista en arredamientos urbanos, si tiene derecho a la devolución de la fianza o no, para así poder negociar con el arrendatario, quien insistentemente sigue enviando a la gestora que, en vez de conciliar, sólo se dedica a exigir y faltar al respeto al arrendador, formándose así cada vez una bola más grande que no conduce a negocia.
El abogado del propietario le propone las opciones recalcándole que el propietario sí tiene la obligación de devolver la fianza pero cuando la otra parte en conflicto pague las cuentas y por supuesto el mes que está corriendo. Le informa también que el único derecho al que tiene en este caso el arrendador es a exigir el cumplimiento íntegro del contrato que fue firmado por 5 años. Le recomienda no recoger las llaves y le ofrece 3 opciones: o devolver la fianza, o bien negociar daños y perjuicios mediante la solicitud de una indemnización equivalente al 5 meses o bien, en último caso si no quiere perder los derechos, exigir el cumplimiento del contrato.

La gestora que es avisada por el abogado de estas opciones sólo expulsa más insultos y por supuesto sin actitud negociadora. Quedan en pasar ella y su cliente a hablar con el propietario pero en vez de esto el inquilino decide acudir a la inmobiliaria que le ofertó el local comercial (bueno, al propietario) para seguir presionando contra el arrendador y, por supuesto en actitud chulesca, de tal manera que junto al arrendador sólo va a hablar el agente inmobiliario comentándole que haga lo que quiera pero que si no trata de arreglar de otro modo las cosas sólo conseguirán ir a juicio pues no tiene razón ninguna en lo que se le pide como idemnización y aún menos en lo de exigir el cumplimiento íntegro del contrato por el tiempo establecido.

En resumidas cuentas, lo que yo quisiera si alquien pudiera explicarme quién de las parte tiene LEGALMENTE la razón, si el propietario está bien asesorado y realmente lo que el abogado pide es imposible o si bien está realmente en el derecho de exigir.

Quiero recalcar que, si la actitud de la "gestora" y luego del propietario no fuera tan prepotente el arrendador no llegaría hasta esta situación ya que él, lo único que pedía era no devolver la fianza en compensación por la extinción del contrato e incluso, si se hubiera tratado bien el caso desde el comienzo, le hubiera devuelto 1 mes quedando en compensación por los gastos el otro.

Me urge saber vuestra opinicón. Un saludo y como siempre, gracias de antemano.
perfil Jan
02/07/2007 19:33
Hola marma. Sin tener delante el contrato de arrendamiento es imposible emitir un juicio de valor sobre la actuación del abogado.

Usted habla de 3 opciones:

a)Devolver la fianza.

Si el Arrendatario debe recibos de agua,luz,gas o incluso alguna renta, el Arrendador puede detraer de la fianza la cantidad para cubrir dichos pagos.

Si el arrendador acepta la rescisión del contrato,aunque se quede con la fianza, luego nopodrá hacer efectiva, en principio, NO podría hacer uso de las otras 2 opciones que usted menciona.

b) Negociar daños y perjuicios mediante la solicitud de una indemnización equivalente al 5 meses.

Imagino que los 5 meses son los que quedan para el cómputo de los 5 años de duración incial.

Si en el contrato se pactó que en caso de rescisión unilateral del mismo por parte del Arrendatario antes de la finalización del mismo,éste quedaría obligado al pago de las rentas de los meses o años que quedasen por cumplir, entonces esat opción ES BUENA y se puede llevar a la práctica.

c) Si no quiere perder los derechos, exigir el cumplimiento del contrato.

Si en el contrato NO se hubiese pactado NADA respecto a rescisión unilateral por parte del Arrendatrio, la opción planteada es la que ofrece el art 1.124 del CC. Es decir, también sería viable.

Reciba un cordial saludo.
02/07/2007 22:30
Gracias Jan.
Verás, el contrato de arrendamiento no tiene nada especial, lo más destacable es únicamente su duración. Es un contrato, como te diría, sin personalidad ya que es estándar.

El problema surge por, sencillamente, no dar la cara y hablar las cosas como hay que hablarlas ya que como ya señalé por parte del propietario hubiera habido afán negociador.

Lo que me gustaría saber es si las opciones que el abogado da son correctas ya que los intermediarios inmobiliarios (que, por cierto, carecen del API) insisten en que no tiene ni pies ni cabeza lo que se le reclama al arrendatario. En fin, quisiera saber quien tiene la razón, a qué tiene derecho el arrendatario realmente.
09/07/2007 17:12
PUSE YO UN POst parecido , y he tenido el mismo problema, parece que somos las mismas personas. yo tengo un piso.

al final,,,, o devuelves la fianza o como tienen las llaves,,,,, en 1 noche todo roto,
ni más ni menos, yo lo tenia alquilado para dos años, se largaron en 6 meses,,,, alegando tonterias (que no tenian para pagar bien el mes) ya ivan todos los meses arrastrando...pagaron hasta el ultimo dia , luz, agua, basura,. pagué la fianza cambié el bombin y adios muy buenas hasta nunca. me dejaron toda la casa para pintar de nuevo, pero creo que cuanto antes te quites de vista esa gentuza mejor.

si te sirve de algo...........
09/07/2007 17:15
se me ha olvidado comentar, que en mi contrato, si que figuraba claramente, que si se ivan antes de los 2 años , me quedaba con la fianza en concepto de perjuicios, pero que ya te digo, que me amenzaron con rompermelo todo, y que de devolverme las lalves nada, y que se quedaban alli dentro sin pagar tambien.....
vale que por 1000 euros no vale la pena meterse en mas lios, que se vayan i en paz.
perfil Jan
10/07/2007 13:01
Hola marma. Como ya le dije en mi post anterior sin tener el contrato de arrendamiento delante me es imposible juzgar si las opciones planteadas por su abogado son viables o no,por loq ue me he limitado a explicar cada una de ellas de forma genérica.

Confíe en la labor de su Abogado.

Reciba un cordial saludo.