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Local arrendado utilizado como vivienda

2 Comentarios
 
Local arrendado utilizado como vivienda
06/10/2007 19:05
El pasado 20 de septiembre he alquilado un local a un hombre que aseguró verbalmente que lo utilizaría exclusivamente para su uso personal.

Tras haber firmado el contrato de alquiler y habérsele entregado las llaves, el inquilino entró a ocupar el local como vivienda junto con su pareja y sus tres hijos de corta edad.

Es contrario a la voluntad del propietario que el local sea utilizado como vivienda, pues no reúne las condiciones necesarias para ello por sus reducidas dimensiones, no dispone de bañera ni ducha y por otra parte su uso como vivienda resulta inadecuado al encontrarse en un edificio de oficinas.

Se trata de un pequeño local con mobiliario de cocina.
• Superficie total del local: 11 m2
• Superficie ocupada por los muebles de cocina: 3 m2
• Superficie habitable (total - ocupada por los muebles de cocina): 8 m2

Junto con el local se alquila un pequeño patio interior y un servicio con lavabo e inodoro al que se accede a través de un pasillo externo al local.

En el contrato de arrendamiento se indica que se trata de un local, se establece condiciones propias del arrendamiento de locales (dos meses de fianza) e incluso en alguna cláusula se alude a circunstancias propias de un local e impropias de una vivienda: “No está permitido el uso de máquinas ruidosas ni el almacenamiento de materiales explosivos o sustancias peligrosas o malolientes”.

El 23 de septiembre hablé con el inquilino y le expliqué que no podían quedarse a vivir en el local, al no tratarse de una vivienda. Le propuse que abandonaran el local ofreciendo devolverle el dinero que había pagado por adelantado (renta de alquiler fianza), descontando lo que correspondiera por el alquiler de los días transcurridos hasta que se marcharan. Él se negó, transmitiendo su intención de permanecer en el local junto con su familia todo el tiempo que fuera posible.

¿Qué se podría hacer para que abandonara el local? El hecho de haber alquilado un local y estar utilizándolo como vivienda, ¿es motivo de desahucio? ¿Cuánto tiempo podría transcurrir hasta el lanzamiento?
perfil Jan
08/10/2007 20:10
Hola Efra. Si del conjunto del clausulado del contrato se desprende claramente que el objeto de arrendamiento es un Local de negocio mi opinión profesional es que SI cabría instar la resolución del contrato en base al art 27.1 LAU 1994 e, incluso, por el art 27.2.f.

Por ello le aconsejo que acuda a un/a profesional de la abogacía.

Reciba un cordial saludo.
15/10/2007 22:17
Muchas gracias por la respuesta; es esperanzadora, aunque supongo que de todos modos el proceso hasta el lanzamiento llevará su tiempo.