Cada vez que hagan el traspaso tu tienes el derecho de tanteo y retracto,,y te lo deben de comunicar fehacientemente para que decidas que hacer,tienes un mes,,quiere decirse que tu puedes pagar lo que se pida por el traspaso y recuperar tu local,,,exige al arrendatario que lo haga de esta forma porque tal vez te interese pagar el traspaso y poder asi actualizar la renta.,es cuestion de hacer cuentas y ver si salen.
tengo un local arrendado con renta antigua y desean traspasarlo por tercera vez pueden hacerlo? Hasta cauntas veces pueden hacer traspasos sin ser motivo de jubilacion y/o fallecimiento?
Por otro lado hasta cuadno tengo que soportar este tipo de contrato y poder realizar uno con lo dispuesto en la nueva LAU?