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Local alquilado rotura de luna de escaparate

3 Comentarios
 
Local alquilado rotura de luna de escaparate
05/10/2020 17:44
Hola. Hace 4 años alquile un local con 5 escaparates. Yo alquilé el local y me dieron una carencia de unos meses para hacer la obra interna del local ( no toqué nada de fachada).
En el contrato de alquiler no está especificado nada, ni si yo tengo que tener el local asegurado ( aseguré el continente por el importe de la obra que hice, pero no por lo que cuesta el local en total) ni tampoco está especificado que el local previamente tuviera escaparates ( aunque en las licencias que pedí se especifica que no toco fachada, entre otras cosas porque es zona arquitectónica protegida).
El asunto es que unos vándalos me han roto una luna del escaparate. Mi contrato tiene un párrafo que pone:
"La parte arrendataria se compromete a contratar y mantener en vigencia una poliza de seguro de RESPONSABILIDAD CIVIL que cubra el riesgo de daños y perjuicios que pudieran ocasionarse a personas o cosas, o al propio inmueble, como consecuencia del uso del local, sea por actos u omisiones de la arrendataria o del personal dependiente."

Por lo tanto, a quien le corresponde arreglar el cristal del escaparate roto por fuera por vandalismo?

Gracias de antemano
05/10/2020 21:30
Sobre el papel y sin leer el contrato al detalle, le correspondería al arrendador aunque este le podría reclamar que demuestre el origen del daño.
05/10/2020 21:53
Tal como bien dice Johnwick, hay que leer el contrato, pero en principio:

Artículo 1560 CC: "el arrendador no está obligado a responder de la perturbación de mero hecho que un tercero causare en el uso de la finca arrendada; pero el arrendatario tendrá acción directa contra el perturbador."

En general, se podría invocar que es obligación del arrendador mantener la finca en estado de servir al uso convenido, pero en el alquiler de locales, y mas si es daño causado por un extraño, yo lo veo dudoso. Es mas, se suele pactar la conservación a cargo del inquilino.

La STS de 23 de julio de 1993 dice: "la noción de perturbación de mero hecho" se concreta a supuestos en que un tercero actúa arbitrariamente o por puro capricho o mala fe o con intención ilícita.

Por otra parte, el art. 1563 CC dice:

"El arrendatario es responsable del deterioro o pérdida que tuviere la cosa arrendada, a no ser que pruebe haberse ocasionado sin culpa suya."

Así que si el arrendador se niega en redondo, lo tenemos difícil.

Esta sentencia es ilustrativa (de que lo llevamos mal):

Audiencia Provincial
Sede: Madrid
Sección: 10
Fecha: 12/03/2018
Nº de Recurso: 107/2018
Nº de Resolución: 126/2018
Procedimiento: Recurso de apelación
Ponente: AMALIA DE SANTISIMA TRINIDAD SANZ FRANCO

"En cuanto a la reparación de la cristalera, se aduce por el recurrente que la nave da a un descampado y que el cristal apareció roto, sigue sin manifestar la causa de su rotura. Cuestión fundamental para determinar a quien corresponde asumir su reparación. En la sentencia no se admite la reparación de la cristalera de la nave, porque no se acredita como se produjo la rotura y, es evidente que si la actuación es dolosa el seguro no lo hubiera
cubierto. Además, no es controvertido que el cristal se entregó en perfecto estado, como el resto de la nave, por lo que no está obligada la arrendadora a repararlo, siendo obligación del arrendatario conservar la cosa en perfecto estado y de devolverla, al terminar el contrato, tal y como la recibió..."

Sin perjuicio de opinión fundada en mejor derecho.
06/10/2020 12:08
Yo estoy en la misma linea que Hoplon:
1.- La primera dificultad que veo es demostrar que fueron unos vándalos que metieron una pedrada. Si fuera cierto y demostrable mi opinión es que le correspondería al casero. Pero me temo que en este caso es difícil demostrar eso con lo cual el casero se va a negar y le correspondería a ud.
2.- Pero por otra parte veo que esa cláusula en la que ud. se compromete a suscribir un seguro pone la carga de las reparaciones sobre ud., no sobre el casero. Supongo que no ha hecho el seguro y no puede llamar para que se lo arreglen ¿verdad? Si es así soy de la opinión de que va a tener que pagar ud. esa cristalera.