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¿Lo doy de alta ya o no?

2 Comentarios
 
¿lo doy de alta ya o no?
18/11/2004 09:56
Como empresario solicité permiso de trabajo para un extranjero que estaba ilegal en España (uruguayo). Ahora le llega una carta en la que se le concede el permiso supeditado a que obtenga visado y entre en España.

Claro, en realidad él ya está en España. ¿Yo puedo darlo de alta ya en la S.S.? ¿O me tengo que esperar a que vaya a su país, obtenga el visado, regrese y le den un papel diferente?

Si lo doy de alta con el papel que ahora tiene (concedido pero supeditado a la entrada en España, etc.) ¿se consideraría que he contratado a alguien sin permiso de trabajo y me multarían por ello? Gracias.
23/11/2004 08:53
No se puede efectuar el Alta en S.S. hasta que el extranjero no disponga de la tarjeta de residencia y trabajo.
Y para obtener la tarjeta deberá previamente ir a su país de orígen para tramitar el Visado de Residencia.
Aunque lo intentes la Seguridad Social no te dejará efectuar el alta, solamente con la Resolución que ahora tienes.
23/11/2004 16:53
Gracias, tocayo. Lo cierto es que en Tesorería lo han afiliado con ese documento, y yo me la he jugado dándolo de alta "a traición" por el Sistema Red. Ya veremos...