Hasta donde se, no. No creo sea obligatorio que tu hables con ellos.
Vosotros pediriais que testifiquen. Y, si el juez acepta la "prueba", recibirían citación del juzgado. A la que no, no creo se puedan negar.
Ahora bien, si tu no hablas con esas personas antes.....es verdad que tampoco tendrás garantías del talante con el que van a acudir a esa declaración.
Están obligados a decir la verdad. Y se entiende que esa verdad te favorece, pero....................................................
Supongo el abogado te lo dice por eso.
En su lugar, o también por si no te aceptan la declaración, o en el peor de los casos si no se acuerdan o no dicen lo que esperas, reúne pruebas documentales que puedas aportar previamente. Por ejemplo, para acreditar lo de las consultas: justificantes, citas, comunicaciones por escrito que hayas intercambiado con el médico........no se.
Con la guardería, lo mismo.
Así te aseguras que algo se ve. Y se dice.
Lo de los gastos, en nuestro caso si, porque eran peritos de informes de parte. Si los cita el juzgado....no tengo tan claro que tengas tu que abonar el gasto.
Pero se me ocurre que podéis citarlos para testificar por videoconferencia. Así el inconveniente para el profesional (lo cual seguro agradecen) y el coste se reduce considerablemente.
Buenos días. Quiero llamar a declarar para el juicio de separación para conseguir la custodia compartida de mi hija a la directora de la guarderia donde iba y la cual elegimos entre los dos y a la pediatra donde ibamos antes de la separación para que constate que yo iba a las consultas y que la actitud de ambos era tranquila y sosegada. Mi abogado me dice que antes debo hablar con estas personas para que vengan de buen grado a testificar cuando se les notifique. Esto es así? No lo veo claro que tenga yo que hacer esa gestión y por otra parte, pueden negarse a venir a testificar si son requeridos? Les tengo que pagar el billete de tren? ya que será en otra ciudad.
Gracias,