Denúncialo YA; entre otras cosas, esa persona podría causarte más problemas, por lo tanto es importante que conste la denuncia al respecto para cubrirte las espaldas
Es posible que sea constitutivo de Usurpación del Estado Civil del 401 CP. De los requisitos del tipo el que más me preocuparía sería la nota de continuidad o permanencia que requiere cierta doctrina para entender perfeccionado el tipo (SSTS 23-5-86; 20-1-93). De toda acción delictiva puede nacer responsabilidad civil, por lo que cualquier daño que se te hubiese causado debería ser compensado.
Puede iniciar la acción penal por tres vías: Denuncia ante la Policía o Guardia Civil, denuncia ante el juzgado de instrucción correspondiente o, querella. Para esta última se requerirá que se presente por medio de procurador y autorizada por letrado. Si actúa ante juzgado (denuncia o querella) puede proponer como diligencia de investigación que se oficie a la entidad bancaria con el fin que aporte al juzgado la grabación completa y, si dispone de el, del número de teléfono desde el que se realizó la llamada.
Hola, "alguien" ha llamado a mi banco por teléfono en mi nombre y dando todos los datos personales míos a cancelado mi seguro de vida hipotecario. Cuando me he dado cuenta que ese recibo se ha devuelto, he llamado al banco para poner una reclamación y únicamente he conseguido que me envíen por escrito la conversación literal mantenida entre la persona que llama en mi nombre y la persona que atiende la llamada.
Mi gran duda es....legalmente que puedo exigir o reclamar bien sea al banco o a quién llama en mi nombre?
En la carta que me envía el banco, no me detallan el número de teléfono de quién llama a pesar de pedirlo.
Yo directamente sospecho de una persona pero, como podría actuar dentro de la legalidad?
Que podría reclamar? Entiendo que si voy a meterme en temas legales y únicamente conseguiría una sanción económica para quien actúa en mi nombre...me sale cara la gestión.
Se trataría de suplantación de identidad y/o mala protección de mis datos por parte de mi banco?
Hay plazo para emprender actos legales desde la fecha en que se hace la llamada hasta poder actuar?