No pasa nada, si en la demanda ante el Juzgado de lo Social está dirigida contra la SAU, te la deberían admitir sin problemas, o puede, que el Letrado Admon de Justicia, te requiera en un plazo de 4 días para que aclares contra quien va dirigida la demanda, pero vamos que no vas a tener problemas por esas chuminadas, a mi entender...
Saludos.
Por error se interpuso demanda papeleta de conciliación contra una Sociedad Anonima cuando en realidad es una Sociedad Anónima Unipersonal.
Rogaria que alquien me indicase si este error se puede subsanar en el Acto conciliatorio.
La demanda ante el Juzgado Social se interpuso simultáneamente para evitar caducidad, pero en dicha demanda si que está correctamente dirigida la acción canta la SAU.