Lo que pasa es que sí existe esa falta de litisconsorcio pasivo (el cliente no me dio todos los datos necesarios en su momento). Por eso, a mi me interesa demandar a esa tercera persona. La duda que tengo es si esperar a la Audiencia Previa y solicitar suspensión, o presentar la demanda y solicitar la acumulación.
He presentado demanda de juicio ordinario contra dos personas. En la contestación ambas alegan falta de litisconsorcio pasivo necesario por no haber demandado a una tercera persona. Es posible que ahora presente demanda contra esa tercera persona y despues solicite la acumulación o debo esperar a la audiencia previa y solicitar en ese momento la suspensión para ampliar la demanda a esa tercera persona?
Gracias