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litisconsorcio activo necesario

1 Comentarios
 
Litisconsorcio activo necesario
17/11/2008 14:02
hola, soy novato y tengo una duda, tengo un cliente que quiere demandar a una electrica pero el problema es que solicito varios suministros a su nombre y a nombre de otras personas, mi pregunta es ¿puede reclamar el por todos los suministros o solo por los que se encuentran a su nombre, la electrica siempre le ha contestado a él respecto a los suministros como si solo los hubiera pedido a su nombre? gracias.
18/11/2008 16:16
Justo me ha pasó ayer algo parecido al interponer la excepción en un monitorio. Es una falta de legitimación activa.

Te paso una sentencia relativa a una acción ejercitada por un individuo por resolución de una compraventa.

Un saludo



Siendo así que, aún tratándose precisamente de un litisconsorcio activo necesario, en ningún caso puede reconocerse la obligación de persona alguna a participar como parte de un proceso, ni sola ni unida a otros; sino que, como establecen las sentencias del T. Supremo de 10.11.94, 27.5.97 y 25.2.98 , entre otras, aquel estado de cosas en el que la disponibilidad del demandante sobre el objeto de la reclamación no puede ejercerse sino en forma conjunta con otro, se traduciría en una falta de legitimación activa, "ad causam", al faltar un presupuesto preliminar de fondo, basado en razones jurídico-materiales.

Audiencia Provincial de Granada, Sección 5ª, Sentencia de 20 Oct. 2006, rec. 466/2006.Ponente: García Sánchez, José Manuel. Nº de sentencia: 341/2006 Nº de recurso: 466/2006