Buenas tardes, mi pregunta es bastante sencilla.
Soy universitario, y se me plantea una práctica de Procesal Civil en la que el demandado, con carácter previo a la contestación a la demanda, formula una llamada a un tercero.
El caso es que ese escrito (firmado por el procurador del demandado) aparece con un cuño del colegio de procuradores, de fecha 5 de febrero, y el cuño de entrada en el Juzgado tiene la fecha de 9 de marzo. El plazo de contestación a la demanda comenzaba el 13 de Enero, con lo que se me plantea la duda de si el escrito (que tiene el mismo plazo que la contestación a la demanda) debe tenerse en cuenta o no, por haber entrado fuera de plazo en el Juzgado. ¿Lo valida el cuño del Colegio de Procuradores, por figurar en éste una fecha que sí entraría en plazo?