También me sé otro que no es a priori lo que pueda parecer... "ego fodo putas in agro": yo planto patatas en el campo.
Ahora en serio...
-"Actore non probante, reus absolvitur": Si el actor no prueba, el reo es absuelto.
-"Nemo plus iuris ad alium transferre potest, quam ipse haberet": Nadie puede transmitir a otro más derecho del que tuviere.
-O también: "Iustitia est constants et perpetua voluntas ius suum cuique tribuere": La justicia es la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo suyo.
defen, yo había oído la de "tua mater mala burra est" (tu manzana está podrida) y la otra era "ter nero vaca est", que quería decir algo más o menos "entonces neron fue (no sé qué)".
Privilegium personale non transit ad heredes (El privilegio personal no se transmite al heredero)
Qui casum allegat ipsum probet (quien alega caso fortuito que lo pruebe)
Qui dammnare potest is absolvendi quoque potestatem habet (Quien puede condenar tiene tambien la posibilidad de absolver).- Queda de la leche en las conclusiones en los procedimientos penales.
Demóstenes, podrías explicar qué quiere decir lo que comentas tío!!, por cierto, muy bueno lo del Cesar, no obstante, hacerte constar que Ostia es el puerto de Roma, por lo que igual tenía otro significado, no? jeje
Aquí un par de ellos.
“Ratum quid habere non potest, quod ipsius nomine non est gestum”: Nadie está obligado por actos ajenos, ejecutados por persona de quien no trae causa.
“Exceptio rei iudicatae”: Excepción de cosa juzgada.
Bueno pues aqui dejo un par de ellos un poco más curradillos;
"Nemo inauditus condemnetur":- Nadie puede ser condenado sin ser oido.
"Affirmanti incumbe probatio".- A quien afirma le incumbe la prueba