Hola a todos. Mi pregunta es la siguiente. Según el artículo 657 de la Lecrim, cada parte debe presentar la lista de peritos y testigos,pero, ha de entregarse esta con el escrito de calificación, o dicho escrito sólo obliga a poner de manifiesto las pruebas de las que la parte intente valerse pudiendo entregar dicha lista en otro momento. Gracias de antemano.