Soy socio al 50% de una sociedad limitada que planeamos dejar inactiva y liquidar.
Al iniciar la actividad, los dos socios hicimos un préstamo a la sociedad con el que ésta compró un inmueble (un despacho). El primer año la sociedad empezó a devolver el préstamo, pero duro poco y actualmente queda pendiente de devolver prácticamente todo el préstamo.
Teniendo en cuenta que el importe de la deuda es similar al valor del despacho (ligeramente inferior o superior según mires el valor de compra o el actual valor de mercado):
1) Es posible que la sociedad nos pague el préstamo pendiente entregándonos el despacho?
2) Que pasos y que impuestos tendríamos que pagar tanto la sociedad como nosotros?