MI pregunta es la siguiente: mi padre falleció hace 5 meses y dejó testamento.Él le dejaba todo lo que pudo a mi madre. Somos tres hermanos, aún no hemos abierto el testamento y me gustaría saber si se puede pagar el impuesto sin haber visto el testamento.
Cuáles serían las proporciones de los bienes?
El régimen era ganancial y los bienes son la vivienda habitual y el 50% de otra finca, más lo que hay en una c/c del banco que estaba anombre de mis padres.
Se puede liquidar el impuesto sin tener que acudir a un notario? sólo queremos cumplir con Hacienda.
Gracias y si tienen alguna pregunta yo se la respondo.
El Impuesto de Sucesiones se paga en virtud de la parte del "caudal relicto" que cada heredero recibe. Para entendernos, cada uno paga según le toca.
Por tanto, es necesario conocer la distribución de los bienes para adjudicar a cada heredero la cantidad sobre la que pagar. Y para eso es preciso leer el testamento.
Más que nada porque, al igual que en todas las herencias, existe una proporción de la herencia que es "de libre disposición", y por tanto los herederos pueden recibir unos bienes u otros sin que exista un porcentaje exacto igual para todos.
Respecto al notario. Ustedes deben dirigirse al notario para la lectura del testamento. Después el impuesto ya se confecciona de formas diversas (gestoría, ustedes en casa, o bien la propia Comunidad Autónoma se lo liquida si ustedes les llevan los papeles).
Como veo que hace 5 meses que falleció su padre, le informo que puede usted solicitar una ampliación del plazo de pago del impuesto (que en principio son 6 meses) a otros 6 meses más. Eso sí, esta ampliación solo se puede pedir en los primeros 5 meses desde el fallecimiento, así que debería darse prisa.