Hola a todos.
A ver si me pueden responder una duda.
Es necesario algún escrito o documento de algún tipo a la hora de liquidar el impuesto de sucesiones cuando el conyuge opta por la segunda opción de su legado?
Dice así el texto:
"Lega a su esposa el usufructo vitalicio de todos los bienes, ..., pudiendo tomar posesión por sí misma del legado. Si esta disposición no pudiera cumplirse por cualquier causa, incluso por no convenir al lagatario, le lega el tercio integro de libre disposicion de su herencia, en pleno dominio,...".
No. No hace falta ningún escrito. En cuanto al impuesto de sucesiones, la viuda liquidará por la tercera parte de los bienes hereditarios, mas su legitima (que es el usufructo del tercio de mejora), con las desgravaciones que le correspondan al ser el conyuge viudo.