Hola, me podeis aclarar la actuación correcta a seguir.
Tenemos trabajadores que son profesores de colegios que continuamente estan aumentando y disminuyendo la jornada de trabajo. Si están a JC y se les reduce a media jornada por falta de niños o horas lectivas, ¿tengo que liquidar esa media jornada reducida? ¿como se liquida? ¿si se liquida y luego pasados meses vuelve, como hago?
¿Cual es la actuación correcta?
Gracias
Coincido con la respuesta. Comunique la variación y que los trabajadores decidan qué hacer tras la modificación, pero no debe liquidar cantidad alguna por el menor número de horas a realizar.