Tengo una cliente cuyo marido ha fallecido sin otorgar testamento, no tienen hijos ni, el causante, tiene ascendientes solo hermanos, por lo que si no me confundo heredaria toda la herencia la viuda ¿cierto?. Solicitaria ante notario una declaracion de herederos intestada, mi pregunta es ¿ habría que liquidar primero la sociedad de gananciales ? como hacerlo. Gracias por vuestra ayuda.
Artículo 944 Código Civil: "En defecto de ascendientes y descendientes, y antes que los colaterales, sucederá en todos los bienes del difunto el cónyuge sobreviviente".
En consecuencia, si el causante no tiene hijos ni padres, la heredera universal por ley es la viuda.
En cuanto a la disolución de los bienes gananciales, ésta se produce ex lege por fallecimiento de uno de los cónyuges. Debes ir al Notario para hacer la declaración de herederos (solo para parientes otros parientes, se debe solicitar en el Juzgado).
Y deberás entregar al Notario certificado de fallecimiento, de actos de actos de última voluntad negativo (que el causante no ha otorgado testamento), certificado de matrimonio, libro de familia vuestro y Certificado de fallecimiento de los padres, y dos testigos que acreditarán todos los hechos relacionados en la declaración de herederos. Una vez realizado ésto, procede la adjudicacion de la herencia, que se realizará mediante escritura pública y ante Notario, relacionando los bienes que componen la herencia (tanto los heredados por el causante si los hubiera, como el 50% de los bienes gananciales, cuya liquidación podría realizarse en otra escritura). Liquidas y pagas el impuesto, y registras la escritura en el registro de la propiedad.