Hola. Mi ex y yo hemos decidido liquidar la sociedad de gananciales, vamos, el piso q es lo único q tenemos aún en común. El caso es q ella me va a comprar mi 50%, por un precio bastante inferior al del mercado, pero eximiéndome a mí del pago de cualquier gasto. Mi pregunta es si para evitar meternos de nuevo en procedimientos judiciales, si podemos firmar un contrato privado que posteriormente elevemos a escritura pública o si además es conveniente modificar el convenio en este sentido. La verdad es q no me gustaría volver a pasar por ese trámite. Os agradezco vuestra ayuda.
Sólo una aclaración: la vivienda no es ganancial pq la adquirimos meses antes de casarnos, pero en la sentencia se le reconoce a ella y a nuestro hijo el uso y disfrute de la misma. La pregunta sigue siendo la misma: ¿hay necesidad de modificar algo en el juzgado o basta con que hagamos un contrato entre nosotros y vayamos a la notaría?. Gracias de nuevo.
No soy abogado, pero yo modificaria escrituras directamente.
En cuanto a modificar el convenio, si contempla alguna clausula diciendo que tienes que hacerte cargo de la hipoteca de la casa, o de los gastos de comunidad o algo asi, yo lo modificaria, ya que el hecho de que la casa dejase de ser tuya no te eximiria de cumplir el convenio.
Creo que lo mas adecuado siempre es que los documentos reflejen la realidad, para evitar problemas.