En teoría los paga la sociedad, salvo el 1% del impuesto donde los sujetos pasivos son los socios; si no me equivoco, es el 1% sobre lo que recibas en la disolución, no sobre lo que aportaste.
Hola, gracias por tu respuesta. Me han comentado
que debería pagar el 1% de mii participación del capital social, pero el resto de gastos como el notario...¿soy responsable en parte o los paga el administrador único?
Gracias
No hay ningún supuesto en el que tengas que pagar nada (salvo que hayas avalado personalmente alguna transacción o cosas similares); puedes ignorar la convocatoria pero tampoco pierdes nada por acudir a la junta y enterarte de lo que hagan; si existe algún activo a repartir puede que obtengas algún beneficio de la liquidación.
Buenas tardes,
Soy un socio con una minoría en una S.L que ya creía liquidada y me han convocado para la revisión de las cuentas, liquidación o posible ampliación.
Yo no quiero saber nada más de esa sociedad y no quiero correr con ningún gasto.
Yo no soy el administradoor único. ¿hay algún supuesto en el que yo tenga que pagar algo?
¿Si no quiero saaber nada más del asunto, podría ignorar la convocatoria?