Buenos dias , he trabajado como contratado laboral durante 33 años por motivos de salud me dieron la absoluta total , el Ministerio me dio de baja al concederme esa invalidez y mi pregunta es. Tenia derecho a percibir una liquidacion por los años trabajados???
Hola. Según lo dispuesto en el artículo 49, 1º, e) del Estatuto de los Trabajadores, la declaración de una incapacidad permanente total o absoluta es motivo de extinción del contrato laboral sin derecho a indemnización.
Ahora bien, durante dos años se conserva el puesto de trabajo ( artículo 48, 2º).
Por último, si a los 18 meses de baja , la empresa no liquidó las vacaciones no disfrutadas durante la baja, ahora hay que reclamar dichas vacaciones.
Saludos