En este tema existen varias consultas vinculantes como pueden ser:
CONSULTA VINCULANTE FECHA DE SALIDA 13/06/20111 ( V1521-11
NFC057948 DGT 08-01-2016 Nº DE CONSULTA VINCULANTE: V0041/2016
NFC057715 DGT 20-01-2016 N.º CONSULTA VINCULANTE: V0191/2016
La primera es la que más se asemeja a su caso.
Bajo mi punto de vista el tema es complicado ya que la carga de la prueba del precio por el que se tributo en renta recae sobre el contribuyente, a mi forma de ver una opción sería encargar a un experto contable/auditor una valoración de las participaciones a la fecha en que se realizo la operación y rezar para que esa valoración se acerque más a nuestra valoración que a la valoración que pretende la Agencia Tributaria.
Aunque la valoración no arroje el resultado declarado por ustedes, pero consiga rebajar la valoración estimada por Hacienda, siempre tendrá la defensa ante la administración de confirmar que su valoración no es correcta pero la de la administración tampoco e intentar llegar a un acta con acuerdo.
Os escribo para pedir ayuda porque tengo una propuesta de liquidación de la AEAT que estoy alucinando.
Tengo un cliente que vendió parte de sus participaciones en una SL en 2014. La venta se hizo al valor neto contable del último balance descontando dividendos y recibió unos 30.000 euros por los que pagó en IRPF alrededor de 7.000.
Ahora le ha llegado una liquidación diciendo que Hacienda considera el valor de la venta la capitalización al 20% del promedio de los resultados de los tres últimos años, y cómo estos habían sido muy altos le piden 32.000 euros.
Es decir, pretenden que pague en impuestos más del total que recibió por sus participaciones.
Según el art. 37. b) de la Ley de IRPF esto lo pueden hacer salvo prueba en contrario de que el importe efectivamente satisfecho se corresponde con el valor de mercado de las participaciones.
Hemos ido al trámite de alegaciones y le hemos preguntado al funcionario como podemos probar que la compraventa se hizo a valor de mercado pero ha pasado de nosotros y nos ha dicho que "lo que consideremos pertinente" y que ellos se limitan a la Ley y van adelante con la liquidación.
Habéis tenido algún caso similar? Sabéis que podemos aportar para probar lo del valor de mercado y anular la salvajada de liquidación?
Mucahs gracias y perdonad por el rollo, pero es que estamos bastante desesperados.