En el 2002 me separe de mi ex, le concedieron el uso y disfrute de la vivienda conyugal ubicada en un pueblo de Madrid, yo vivo en Sevilla.
En el 2006 salió el divorcio, en septiembre del 2008 fue la liquidación del piso, se lo adjudicaron a ella y le dieron de plazo (por sentencia firme) hasta finales de septiembre del 2012, para entregarme la mitad, (101.000 euros) cantidad invariable suba o baje el valor de la vivienda y pasado esa fecha, si tengo que reclamar judicialmente devengo intereses, (eso dice la sentencia)
Ahora cómo ve que se acerca la fecha y el piso vale bastante menos, no veas el enfado que tiene.
Ella es funcionaria, si no me paga y tengo que ejecutar sentencia, ¿Qué pasara?
Otra cuestión:
El ayuntamiento del pueblo donde ella vive me dice. Que se debe un recibo del 1º trimestre del 2007 de agua y otro del 2008 de IBI, (los cuales vienen a mi nombre)
Entiendo que los suministros son casa de ella. La sentencia de divorcio no se pronuncia respecto al pago de IBI. Ella los ha pagado menos el del 2008, justo el año que le adjudicaron el piso en la liquidación.
Si esos dos recibos me los embargan de mi cuenta o de algún bien mío.
¿Cómo se los puedo reclamar y que la condenen en costas?
Para que no me salga más caro el collar que el perro y no tenga que pagarle cosa que le correspoden a ella.
Gracias por las respuestas.