He recibido una liquidación provisional de hacienda del IRPF correspondiente a los ejercicios de 2010, 2011 y 2012 derivados de un procedimiento de comprobación limitada sobre el ejercicio del año anterior, es decir, 2009, y del que todavía no he recibido contestación, y que supuestamente sigue abierto. La comprobación del 2009 es referente a la ganancia patrimonial derivada de la venta de la vivienda habitual con reinversión en otra vivienda habitual. En visita realizada a Hacienda, de forma verbal me comunican que la vivienda vendida era de mi propiedad al 100%, y la nueva al 50% con mi esposa, y por lo tanto la ganancia patrimonial exenta por reinversión es realmente la mitad de lo declarado. Continua explicándome que la declaración del 2009 la da por buena, pero sin notificar nada, y me rectifica las posteriores eliminando la deducción por vivienda habitual en ellas.
Con esta forma de actuar, entiendo que se me causa un perjuicio, y le propongo al funcionario que se rectifique la declaración del 2009, y que la mitad de la ganancia se considere exenta, y la otra mitad tribute al tipo impositivo que creo era del 19% en ese año, y por lo tanto se den por buenas las declaraciones del 2010 y posteriores, ya que según los cálculos realizados allí, hasta el 2015 no podría empezar a deducirme de la nueva vivienda. Su respuesta es negativa, y me indica que posteriormente aparte de las liquidaciones, llegará una posible sanción, etc.
Las liquidaciones están todavía dentro del plazo de alegación, ¿alguien podría indicarme si puedo alegar en ese sentido, o conocen algún caso parecido, ya que la diferencia entre actuar de un modo u otro es cercana a los 3000 euros?
El procedimiento de comprobación limitada indica que la Administración actuará de la forma menos gravosa para el declarante, pero creo que este no es mi caso.