A la hora de pasar la minuta como contador-partidor, ¿tendrás tantos problemas?. ¿no le puedes pasar el caso a otro abogado?. Si no te consideras capaz de hacer ese trabajo, renuncia ya que está en juego el patrimonio de dos personas y según actúes tú, así será el resultado.
Pues no lo veo yo tan facil, en mi Colegio no te aclaran así como así las dudas...al fin y al cabo se entiende que yo he aceptado el cargo porque sabía como llevar a cabo el informe, pero me estoy dando cuenta de que es mas complicado de lo que pensaba.
Por favor alguien me sugiere algo más?
Hola compañeros,
me han designado como contador-partidor en una liquidación de gananciales pero no me aclaro mucho sobre lo que debo hacer:
El caso es que en el activo solo existen muebles (ya avaluados en lotes por parte de un perito), que no cubren ni de lejos el pasivo existente. En el pasivo lo que hay son derechos de reintegro a la esposa puesto que ella puso durante mucho tiempo, dinero suyo para un bien que es privativo del marido, así como un derecho de reintegro a la hermana del marido que también aportó cantidades de dinero para deudas tanto gananciales como privativas de los cónyuges.
La esposa presentó en su día demanda solicitando la formación y aprobación de inventario, a la que se opuso la contraria, y ahora nos encontramos en el trámite de solicitud de liquidación de gananciales, tras la aprobación del inventario por parte del juez, aunque el tema ha seguido por los trámites contenciosos porque las partes no se ponen de acuerdo en cuanto a la liquidación.
No tengo claro que es lo que tengo que hacer yo como contador-partidor:
Entiendo que debo hacer un escrito en el que manifieste cual es el activo y cuál es el activo. Una vez hecho esto, me pierdo porque no sé como tengo que dividir los bienes muebles (activo) y las deudas (pasivo), puesto que no sé si lo primero que hay que intentar hacer es reintegrar con los bienes muebles a la esposa y a la hermana de esta (por sus créditos contra el esposo en el caso de la mujer y contra la sociedad de gananciales en el caso de la hermana), o si lo que debo hacer es partir el activo entre ambos cónyuges y decir que las deudas existentes las cubran los cónyuges según la proporción que les corresponde con su propio dinero (que en este momento no sé si tienen o no en sus cuentas, pero eso ya sería un problema de ellos). Estoy hecho un lío, me podeis ayudar aunque solo sea con algún comentario?