buenas tardes, tengo entre manos una liquidacion de gananciales. existe vivienda, vente ava parte rustico, motocicleta y prestamo. todo se lo adjudica uno de ellos. he calculado e l minimo legal de cada bien para que no existe liquidacion complementaria y lo puedo cuadrar con la hipoteca, por tanto se le adjudica a cada uno o,oo euros.
mi pregunta:
una vez hecho hay que liquidar:
1.- la vivienda paga el 1% del valor total? modelo 600 actos juridicos documentados?
2.- la rustica, camino maleza, tambien tributa por AJD modelo 600?
3.- la motocicleta?