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Liquidación gananciales

1 Comentarios
 
23/01/2004 08:35
Imagino q la vivienda conyugal que se te ha adjudicado es ganancial. Así la adjudicación q ahora se te ha hecho es efectivamente en razón de la convivencia con tu hija. Si cualquiera de los cónyuges quiere liquidar la sdad. de gananciales tiene que ser mediante un procedimiento contradictorio, esto es, se dá traslado al otro para ver si se está de acuerdo con el Inventario de la sdad, la valoración y la adjudicación.
Liquidación gananciales
22/01/2004 18:42
Hola!. Hace año y medio que me he separado y tengo una hija de 19 años que vive conmigo. En el convenio regulador se me adjudicó el uso y disfrute de la vivienda conyugal, la cual tiene una hipoteca que está pagando mi ex-marido. Mi pregunta es hasta cuando puedo yo tener el uso y disfrute de la vivienda (tiene algo que ver que mi hija viva conmigo o sea mayor de edad)y, si llegado el momento mi ex-marido quiere liquidar la sociedad de gananciales, necesita mi consentimiento o puede actuar por su cuenta. Un saludo