una amiga me plantea la siguiente situación: matrimonio que se está divorciando.
Con dinero de la sociedad ganancial se ha pagado facturas a nombre de ella, envíos de dinero a la familia de ella, billetes de avión para ella y su familia, una liposucción para ella, incluso recibos de autónomo, IVA, IRPF de ella (manicurista).
¿Puede el marido reclamar todos esos gastos a la hora de liquidar la sociedad ganancial? Y si es así, a quien se lo reclama a ella o a la sociedad ganancial formada por ambos? Me parece muy complejo, la verdad.
Leeré con atención todos los comentarios. Muchas gracias.