en cataluña los inmuebles, para impuesto sucesiones se valoran catastral x 2,8.
yo he heredado tres apartamentos de mi padre y uno de ellos lo he vendido para pagar los impuestos.
Puedes recurrir si consideras que los valores que han tomado están por encima de los reales. Seguramente te conviene pedir una tasación a un profesional.
Buenos días,
En septiempbre de 2005 mi padre falleció y en marzo de 2006 presentamos la liquidación del impuesto de sucesiones en Madrid. La abogada que lo gestionó nos dijo que lo liquidaramos dando una valoración a los inmuebles según valores catastrales ya que en caso de liquidación por la adminstración se podría defender alegando que no ha habido intención de lucro al recibir la herencia y que se pretendía mantener la misma situación anterior a la muerte de mi padre.
Ahora nos ha llegado la liquidación de la Administración. El impuesto es elevadísimo y con los intereses de demora mucho más.
¿Cómo veís el tema?
Tengo dudas sobre si ha prescrito.
Gracias y espero vuestra respuesta.