Buenos días, una empresa que plantea un ere de extinción de todos los empleos tiene que liquidarse y vender los activos o puede continuar sin personal?
Tenemos una sociedad familiar,nos vamos de ella tres de los seis hermanos y firmaremos ante notario,la salida con un acuerdo ante notario,pero quería saber si los acuerdos ante notario luego se tienen que llevar al registro de la propiedad y si se pueden cambiar,pues tenemos en las fincas una vinculación ob rem y de momento firmaremos que la zona común que nos quedamos (un 33%) se la pone mi hermana entera en el acuerdo ante notario y que posteriormente la cambiariamos para vincularla al ob rem y repartir a partes el tanto por ciento. Mi pregunta es:La vinculación ob rem se debe hacer por mayoría de propietarios? y si ella lo registra como suyo el 33% se puede cambiar en el registro y vincularla posteriormente?
Muchas gracias.
El hecho de plantear un ere por la totalidad de los puestos de trabajo no obliga a la liquidación/ disolución de la sociedad aunque bien es cierto que si plantea esta solución es cuestión de tiempo.
Tenemos una S.L sin actividad desde hace más de 4 años. La única deuda que quedó pendiente fue el finiquito del último trabajador con el que no pudimos llegar a un acuerdo, y que quedó pendiente del pago al Fogasa ( no se si lo habrá cobrado ya). Mi duda es que mi abogado me dice que no podemos liquidar y cerrar definitivamente, aunque ni hay actividad, ni ingresos.....ni nada pero si tenemos que seguir pagándole por presentar una contabilidad y libros a cero, porque está pendiente la deuda del Fogasa. Podría liquidar definitivamente la sociedad ?
Gracias
En primer lugar se tendría que ver exactamente en qué situación se encuentra el expediente en FOGASA, si hace cuatro años del despido tiene que estar más que resuelto.
Si se resolvió sin incidencias, no existe deuda por lo que se puede liquidar/disolver la sociedad, si por el contrario el FOGASA lo desestimo y reclama algún importe a la sociedad, esta deuda de la sociedad (comprobar que no esté prescrita) puede ser cancelada/asumida por los socios y proceder a su liquidación/disolución.
Muchas Gracias por la respuesta.
Si la hubiese desestimado el Fogasa y nos reclamasen alguna cantidad, nos habrían notificado algo de alguna manera no? y no han dicho nada.
Cómo puedo yo comprobar en que situación se encuentra en el Fogasa?
Gracias
Como usted bien dice cualquier notificación de Fogasa se realiza por escrito, para solicitar la información, salvo mejor opinión que el administrador/a de la sociedad con la escritura de la sociedad para que pueda justificar su representación, acuda al Fogasa de su ciudad y que le informen si existe algún expediente abierto a nombre de la misma.