Si tu has pactado un salario mensula liquido a abonar en 14, 15 o 16 pagas y así ha quedado reflejado en el congtrato o pacto individual, obviamente, te abonaran el mismo liquido que el de un mes normal.
Si no es así, se estará a lo que señale el convenio colectivo. Que de no señalar el modo de obtyencion o el quantum de las pagas extra, sería de suelbo base mas la antigüedad. A lo que habrá que deducir el correspondiente descuento de IRPF
Mi duda es la siguiente en mi próxima paga extra (y porque asi lo tengo acordado con la empresa) puede aparecer el mismo importe exactamente que cobro el resto de meses o por el contrario sólo aparece el salario base y tendré que complementarlo? alguien puede decirme algo?