Tengo firmados (en documento privado anexo) unos incentivos pagaderos a final de año, causo baja voluntaria en la empresa a 31/10/2008 con los objetivos requeridos para el abono de los incentivos cumplidos a la fecha de cese en la empresa.
Entiendo que deben pagarmelos, pero tengo unas dudas:
¿cuando me los deben abonar, a la liquidación o final de año aunque yo no esté en la empresa?
¿Actuaria en el caso de la liquidacion de incentivos la proporcionalidad, es decir, solo hasta el 31/10/2008?
Y sobretodo, ¿me pueden negar el abono de esos incentivos?