No sé si se puede extinguir el proindiviso entre una persona y una sociedad de gananciales de la que forma (supongo que teóricamente sí), aunque no tiene mucho sentido. No habiendo acuerdo entre las partes la división de la cosa común también se hace vía judicial, y es algo mucho más complejo, largo y costoso que una liquidación de gananciales.
Yo te recomendaría solicitar la liquidación, simplemente.
Ya lo he solicitado y me lo han denegado, tengo una propiedad y una nomina pequeña, lo justo para que me denienguen la justicia gratuita, entonces como mejor opcion hacer la liquidacion de gananciales via judicial que la extincion de proindiviso?
Pues puedes solicitar la liquidación vía judicial, será mucho más lento que si es de mutuo acuerdo, pero no puede negarse, basta con que la solicite uno de los dos.
Podría haber condena en costas, según el caso. Si no tienes muchos recursos podrías quizá solicitar justicia gratuita.
Bueno añado que tambien que vive en la casa con su actual pareja, que tiene tambien sus ingresos, pero sabe mi situacion economica que no me puedo pemitir una modificacion de medidas y menos un detective privado para aportar las pruebas necesarias.
El tema es que mi ex pareja no quiere hacer la liquidacion, ni vender ni nada, no quiere que le hable del tema, es mas dice que ella no se va a ir de alli nunca, por eso mi pregunta de que metodo seria el mas rapido para acabar con esta situacion.
Pues entonces es un proindiviso entre tú, como propietario privativo, y la sociedad de gananciales. Un porcentaje es privativo tuyo, otro porcentaje es ganancial.
Si lo vendéis antes de disolver los gananciales la parte que es tuya será tuya, y la parte ganancial será ganancial. Podéis repartiros esa parte a medias o dejarla como ganancial de cara a una futura disolución, aunque pocas veces suele tener sentido esto.
Si disolvéis los gananciales la parte que es ganancial se la podrá atribuir cualquiera de los dos, o en el porcentaje que sea en forma de proindiviso, junto al resto de bienes gananciales. Te lo podrías asignar tú si te interesa compensándole por su valor con otros bienes, en dinero privativo o como deuda por un exceso de sobreadjudicación.
Eso ya lo que queráis.
La extinción de condominio tendría sentido tras la disolución de gananciales si ella se queda una parte del piso. Es otra opción, aunque sería algo más cara, fiscalmente. Si simplemente te asignas tú ese bien ganancial en la liquidación de gananciales volverá a ser privativo tuyo y no habrá impuesto de AJD ni plusvalía.
Hola y gracias por la respuesta, como dije hay una parte importante privativa ya que la compre unos años antes de casarme, parte de la hipoteca se pago durante el matrimonio.
Si es privativa tuya no necesitas ni liquidar gananciales ni extinguir el condominio, porque ni es ganancial ni es un condominio, ya es tuya en pleno dominio.
¿Realmente es privativa tuya? ¿No se pagó nada en gananciales, ya estaba del todo amortizada cuando os casasteis?
Liquidacion de gananciales o extincion de condominio
Hola, mi ex tiene el uso y disfrute de la vivienda familiar hasta la liquidacion de gananciales o se venda a unos de los dos o a un tercero, que me puede interesar mas hacer la liquidacion de gananciales o una extincion de condomio? Añadir que parte de la vivienda es privativa mia, muchas gracias.