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liquidacion de cuentas

10 Comentarios
 
25/01/2006 09:23
Son deudas anteriores y vencidas y cobros posteriores a las deudas, todo ello documentable?

Si así es, compénsenlas y si el moroso tiene narices, que denuncie a ver qué Juez le da la razón.

Ya está bien de tener miedo a los morosos.
25/01/2006 08:24
gracias a todos por el interes aunque no me han aclarado nada. La comunidad declara trimestralmente el iva y hace anualmente el resumen anual, tambien hace la declaracion de retenciones y emite un certificado para cada uno de los propietarios. Lo que quiero saber es si el descontar de la liquidacion de las antenas el importe de cuotas impagadas es correcto.
20/01/2006 13:23
Si son deudas vencidas lo normal es que se compensen.
20/01/2006 13:05
Yo estimo que las deudas de los pagos de cuotas a la Comunidad, son independientes al reparto del alquiler.
En cualquier caso, quizas podria intentarse (previo acuerdo en Junta), retener el pago por reparto del alquiler, a todo propietario que no este al dia en los pagos de cuotas.
Aunque tengo mis dudas de la legalidad del acuerdo.
20/01/2006 10:40
Ejemplo:
La Comunidad hará una factura a la empresa de telefonía del importe correspondiente más el Iva, menos el impuesto que corresponda, que en este caso creo que es el 15%, porque estamos hablando de arrendamientos.
La comunidad entregará a los propietarios la parte que le corresponda y les deducirá el porcentaje correspondiente de impuesto que creo recordar que es el 15% porque estamos hablando de rendimientos.
Por tanto la comunidad tiene que hacer los modelos de hacienda del IVA y de retenciones de impuestos, tanto trimestrales, como el resumen anual.
La empresa de telefonía tiene que realizar el modelo de retención de los arrendamientos.

Y puede que hayan otras obligaciones tributarias.
20/01/2006 07:39
Y la Admibnsitración de la Comunidad entregar los certificados de ingresos y liquidar los consiguientes tributos en Hacienda. Entre otros las retenciones a los profesionales.
20/01/2006 01:32
Las retenciones las debe realizar la empresa que realiza los pagos, en este caso la empresa de telefonía, y descontarlo de los ingresos brutos.
20/01/2006 00:49
Pues las retenciones y certificaciones para Hacienda por los ingresos.
19/01/2006 22:52
¿Qué deberes fiscales?
19/01/2006 19:31
¿Ya están cumpliendo Uds con sus deberes fiscales?.
Liquidacion de cuentas
19/01/2006 15:00
Gracias de antemano por las posibles respuestas.
Hay un comunero que no paga la comunidad, no se niega, pero no paga. Por otra parte, tenemos antenas de telefonía que generan unos ingresos. ¿es legal, que al final de año, cuando el dinero de las antenas se reparten entre cada vecino, a este señor se le descuenten de dicho importe los recibos de comunidad que debe? o por el contrario, ¿hay que pagarle y despues denunciarle por no pagar la comunidad?.
gracias.