Buenos días.
Después de 5 años divorciados procedemos a realizar la liquidación de bienes gananciales por lo que para ello hacemos el inventario. ¿Debemos incluír las cuentas comunes que teníamos con nuestros hijos?
También teníamos unas acciones que estaban a nombre de ella y de las que no sé absolutamente nada. En caso de incluírlas qué valor tendrían, el de este momento, el de la fecha de divorcio o la de su venta si tal como imagino las ha vendido.
Gracias de antemano