Mucho agradecería su ayuda en el tema que expondré a continuación:
Estoy separado y posteriormente divorciado, en el divorcio contencioso la única medida del convenio regulador que se modifico fue la pensión alimenticia que el Juez limito hasta septiembre de este año (2008)
En el convenio regulador de la separación se estableció que mi ex cónyuge permanecería en la vivienda mientras mis hijos convivieran con ella y como máximo 31-12-2012. Llegada esta fecha el piso se vendería y yo le pagaría una pensión compensatoria equivalente al 10% del valor del piso, es decir yo le reconocía el 60% de la propiedad.
Me acaba de proponer una liquidación del condominio, ella me pagaría una cantidad en efectivo y la pensión compensatoría y alimenticia la deduce del valor:
Se puede instrumentar esto ante el Notario en el documento de liquidación del condominio?
Tengo que pasarlo por el Juzgado o no es necesario? A mí me parece que no es una modificación de medidas pero la verdad es que no lose.