Ya, pero lo que yo quiero es librarme de pagar esa complementaria y lo que necesito saber con certeza es si el perito de la administración puede hacer una valoración superior a la que han hecho aplicando un coeficiente al valor catastral
En el ámbito fiscal hay una cosa que está terminantemente prohibida y es lo que se conoce como "refomatio in peius".
Esa prohibición implica que, por recurrir, no puedes terminar peor que si no recurrieras. O sea que, sea cual sea el valor final, no tendrás que pagar más que lo que te han liquidado.
Muchas gracias Juan S por tu respuesta, pero insisto: presento el recurso de reposición mostrando mi disconformidad con la valoración que han hecho de manera no motivada, etc. y solicito la tasación pericial contradictoria para de esa forma suspender el procedimiento: se inicia el procedimiento de la tasación pericial contradictoria, la administración me manda un perito a que valore mi casa y aquí viene lo que me importa: ¿puede el perito de la administración hacer una valoración superior a la que me hicieron en la propuesta de liquidación? Mi escapatoria es que esa valoración de la propuesta de liquidación adquiera firmeza y yo ir contra ella con la de mi perito que es inferior en menos del 10% y por tanto librarme del sobreimpuesto que me quieren cobrar por las buenas. Dicho de otra manera ¿puede la administración por el hecho de solicitar yo la tasación pericial contradictoria hacerme una valoración superior?Ya sé que no me pueden reclamar más dinero por el hecho de recurrir pero si la tasación de su perito es bastante mas alta que la que me han hecho aplicando un coeficiente al valor catastral entonces pierdo.
La tasación pericial contradictoria es un procedimiento regulado y que implica una serie de trámites. Por tanto, la aportación ahora de tu tasación no implica que eso se convierta en una pericial contradictoria.
No obstante, en tu recurso, es recomendable que hagas constar que no renuncias a la tasación pericial contradictoria.
Gracias Juan S por la opinión. Lo que me gustaría saber es: si presento mi tasación en el recurso de reposición ¿se considera ésta como una tasación pericial contradictoria no habiendo la administración designado un perito para tasar mi casa? Si así fuera me podría beneficiar de lo establecido en el art 135.2 de la LGT. Si el presentar mi tasación en el recurso de reposición no se considerara una tasación pericial contradictoria ¿podría la administración enviar un perito y que éste valorara la vivienda en un valor superior al incorrectamente calculado en la propuesta de liquidación?¿Puede la administración valorar dos veces mi casa? Lo que me interesa es que el valor incorrectamenta calculado sea firme y recurrir contra el mismo con mi tasación que está dentro del 10%
Hola a todos: necesito ayuda. He recibido una propuesta de liquidación de transmisiones en la que valoran la mitad indivisa de mi vivienda en 192.485 €. Su valor declarado en escrituras fue de 182.500 € y me reclaman 827,46 € (otro tanto de lo mismo para mi pareja por la otra mitad de la casa). El hecho es que han realizado la comprobación de valor conforme a la orden HAC/32/2010 del gobierno de Cantabria por la que aplican un coeficiente del 3,3 al valor catastral y esa orden no es de aplicación en mi caso porque la superficie de la parcela excede de 300 m2 y por lo tanto queda fuera de aquella. Estoy esperando la liquidación y la pregunta es la siguiente: ¿pueden en un procedimiento de tasación pericial contradictoria aumentar el valor comprobado erróneamente por ellos (yo no he alegado nada a este respecto)? Tengo una tasación de la vivienda hecha por un arquitecto técnico por valor de 181.641,06 € (la mitad indivisa). Voy a presentar recurso de reposición. ¿Debo presentar mi tasación en el recurso o es mejor que solicite la tasación pericial contradictoria? El miedo que tengo es que en la pericial contradictoria aumenten el valor y mi tasación (dentro del margen del 10%) no llegue para evitar pagar la complementaria. Muchas gracias. Saludos