De nuevo intento ejercer un abuso sobre vuestra paciencia, en la confianza de encontrar un alma generosa que me aconseje algo.
Estoy metido en un contencioso de separacion de gananciales, como demendante, en el punto de la confeccion del cuaderno particional, una vez que los peritos designados por el juzgado han entregado sus valoraciones correspondientes. El contador partidor nombrado tambien por el juzgado, recibio el expediente en octubre de 2006. Pasaron ampliamente los dos meses que la ley establece, y comenzamos a requerir a traves del juzgado al cont part. para que cumpliera con su cometido. Este, pidio al juzgado una prorroga hasta el 20 de marzo. El dia 20 de mayo envia un escrito al juzgado, diciendo que renuncia al encargo.
Es esto aceptable? Donde queda la profesionalidad?
Que puedo hacer? Meterme en su contra en un pleito interminable para reclamarle daños y perjuicios? Como puede demostrar un profesional del derecho tanta burla hacia la ley? Es de aplicacion el articulo 247 de la LEC? Serviria para algo una protesta hacia el colegio?
Mis sospechas recaen en el ejercicio de presion que ha ejercido la parte demandada, ya que se da la circunstancia que el abogado defensor de esa parte, ocupa un cargo de responsabilidad dentro del colegio local de abogados.
Gracias y disculpad